El grupo juntero de Elkarrekin Araba ha registrado 21 propuesta para la modificación de la Norma Foral de Concejos que debaten las Juntas Generales alavesas. Son las siguientes:
Transparencia
Para concejos que cuenten con más de 100 personas vecinas, será obligatorio la publicación en la página Web de Transparencia, del Concejo Abierto o Cerrado, o en su defecto del Ayuntamiento, del movimiento económico anual y de la aprobación de Cuentas. Se creará una ventanilla única, gestionada por la Diputación Foral de Araba, para dar cauce a todas las cuestiones públicas relativas a los concejos.
Atribuciones de la Asamblea Vecinal
En el caso de Concejos Cerrados
- Deberá llevar a cabo, al menos, una asamblea vecinal al año para presentar las cuentas y liquidación presupuestaria anual. Para convocar una asamblea vecinal adicional bastará con que lo solicite por escrito al menos una quinta parte de las personas vecinas del concejo cerrado.
- Para pasar de concejo cerrado a concejo abierto, bastará con que lo solicite por escrito, al menos, una mayoría simple de las personas vecinas del concejo cerrado.
Fiel de fechos
- Potenciar la figura de fiel de fechos como órgano de apoyo y control.
- Elección del fiel de fechos en concejo abierto, independientemente de la junta y no a propuesta del presidente.
- El cargo debería cumplir con las suficientes capacidades técnicas para poder realizar las funciones encomendadas.
Podría ser un cargo remunerado en función a la dedicación necesaria y fijada por el concejo dentro de unos límites mínimo máximos establecidos. En caso de no existir
nadie adecuado o que acepte el cargo, designación por DFA.
Funciones:
- Junto al Presidente controlar la tesorería, realizar los pagos y llevar la contabilidad.
- Redactar y publicar las actas.
- Validar los acuerdos.
- Emitir certificaciones.
- Convocar los Concejos a propuesta del Presidente y publicar el Orden del Día, así como la documentación necesaria.
- Control de quorums y votaciones.
- Funciones de secretaria, documentación y archivo físico y digitalizado
Régimen de funcionamiento
Se enviará convocatoria con orden del día con un mínimo de 1 semana de antelación Para temas de importancia económica, patrimonial, territorial o vecinal será de obligación enviar información suficiente (anexa al orden del día) por adelantado o realizar una asamblea informativa previa.
Procedimiento y régimen jurídico
- Se propone la posibilidad de llevar las actas de manera telemática creando un registro reglado para garantizar la transparencia.
- Para concejos que cuenten con más de 100 personas vecinas, será obligatorio la publicación en la página web de Transparencia, del concejo abierto o cerrado, o en su defecto del ayuntamiento, del libro de actas escaneado.
Hacienda del concejo
Establecer capacidad del concejo como administración local para establecer y recaudar sus propios impuestos, y regímenes de sanciones internos a vecinas o vecinos.
Disolución de los concejos
- Para la disolución del concejo se requerirá, al menos, el voto de las cuatro quintas partes de las personas presentes con derecho a voto.
- En el caso de concejo cerrado, deberá convocarse previamente una asamblea vecinal abierta, para llevar a cabo la votación, requiriéndose igualmente, al menos, el voto de las cuatro quintas partes de las personas presentes con derecho a voto.
- En caso de conflictos internos, se podrá solicitar la mediación de la Diputación Foral de Araba para intentar llegar a una solución.
Elección de presidentes y vocales
- Con, al menos, un mes de antelación antes de las elecciones, se publicará en cada concejo el listado del censo electoral con las personas votantes que pueden participar,
para la verificación de vecinos y vecinas. - Se dará información clara, con tiempo suficiente, del número de personas a las que se puede votar, y de cada persona o personas que se han inscrito en el colegio electoral como candidatas.
Otros
Establecer los aprovechamientos urbanísticos que podrían permitir a los concejos disponer de suelo para sus propias necesidades (nueva casa concejo, instalaciones deportivas, centros sociales, etc). Relacionado con esto, dejar claro que cuando un sector se urbaniza y se entrega al ayuntamiento, pasando a ser de su propiedad, el ayuntamiento queda obligado a su cuidado, conservación y mantenimiento.
FOTOGRAFÍA: Txus Díez