Las propuestas de Elkarrekin para reformar la norma de concejos

La formación plantea crear una ventanilla única, gestionada por la Diputación Foral de Araba, para dar cauce a todas las cuestiones públicas relativas a estas entidades
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El grupo juntero de Elkarrekin Araba ha registrado 21 propuesta para la modificación de la Norma Foral de Concejos que debaten las Juntas Generales alavesas. Son las siguientes:

 

Transparencia

Para concejos que cuenten con más de 100 personas vecinas, será obligatorio la publicación en la página Web de Transparencia, del Concejo Abierto o Cerrado, o en su defecto del Ayuntamiento, del movimiento económico anual y de la aprobación de Cuentas. Se creará una ventanilla única, gestionada por la Diputación Foral de Araba, para dar cauce a todas las cuestiones públicas relativas a los concejos.

 

Atribuciones de la Asamblea Vecinal

En el caso de Concejos Cerrados

  • Deberá llevar a cabo, al menos, una asamblea vecinal al año para presentar las cuentas y liquidación presupuestaria anual. Para convocar una asamblea vecinal adicional bastará con que lo solicite por escrito al menos una quinta parte de las personas vecinas del concejo cerrado.
  • Para pasar de concejo cerrado a concejo abierto, bastará con que lo solicite por escrito, al menos, una mayoría simple de las personas vecinas del concejo cerrado.

 

Fiel de fechos

  • Potenciar la figura de fiel de fechos como órgano de apoyo y control.
  • Elección del fiel de fechos en concejo abierto, independientemente de la junta y no a propuesta del presidente.
  • El cargo debería cumplir con las suficientes capacidades técnicas para poder realizar las funciones encomendadas.

Podría ser un cargo remunerado en función a la dedicación necesaria y fijada por el concejo dentro de unos límites mínimo máximos establecidos. En caso de no existir
nadie adecuado o que acepte el cargo, designación por DFA.

Funciones:

  • Junto al Presidente controlar la tesorería, realizar los pagos y llevar la contabilidad.
  • Redactar y publicar las actas.
  • Validar los acuerdos.
  • Emitir certificaciones.
  • Convocar los Concejos a propuesta del Presidente y publicar el Orden del Día, así como la documentación necesaria.
  • Control de quorums y votaciones.
  • Funciones de secretaria, documentación y archivo físico y digitalizado

 

Régimen de funcionamiento

Se enviará convocatoria con orden del día con un mínimo de 1 semana de antelación Para temas de importancia económica, patrimonial, territorial o vecinal será de obligación enviar información suficiente (anexa al orden del día) por adelantado o realizar una asamblea informativa previa.

 

Procedimiento y régimen jurídico

  • Se propone la posibilidad de llevar las actas de manera telemática creando un registro reglado para garantizar la transparencia.
  • Para concejos que cuenten con más de 100 personas vecinas, será obligatorio la publicación en la página web de Transparencia, del concejo abierto o cerrado, o en su defecto del ayuntamiento, del libro de actas escaneado.

 

Hacienda del concejo

Establecer capacidad del concejo como administración local para establecer y recaudar sus propios impuestos, y regímenes de sanciones internos a vecinas o vecinos.

 

Disolución de los concejos

  • Para la disolución del concejo se requerirá, al menos, el voto de las cuatro quintas partes de las personas presentes con derecho a voto.
  • En el caso de concejo cerrado, deberá convocarse previamente una asamblea vecinal abierta, para llevar a cabo la votación, requiriéndose igualmente, al menos, el voto de las cuatro quintas partes de las personas presentes con derecho a voto.
  • En caso de conflictos internos, se podrá solicitar la mediación de la Diputación Foral de Araba para intentar llegar a una solución.

 

Elección de presidentes y vocales

  • Con, al menos, un mes de antelación antes de las elecciones, se publicará en cada concejo el listado del censo electoral con las personas votantes que pueden participar,
    para la verificación de vecinos y vecinas.
  • Se dará información clara, con tiempo suficiente, del número de personas a las que se puede votar, y de cada persona o personas que se han inscrito en el colegio electoral como candidatas.

 

Otros

Establecer los aprovechamientos urbanísticos que podrían permitir a los concejos disponer de suelo para sus propias necesidades (nueva casa concejo, instalaciones deportivas, centros sociales, etc). Relacionado con esto, dejar claro que cuando un sector se urbaniza y se entrega al ayuntamiento, pasando a ser de su propiedad, el ayuntamiento queda obligado a su cuidado, conservación y mantenimiento.

 

FOTOGRAFÍA: Txus Díez

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Txus Díez

24 de enero de 2025

Fundador de ZUK. Periodista y fotógrafo comprometido con el territorio.