Araba publica su propuesta para la tasa turística en el territorio

La concreción de los tipos aplicables, así como la posible aprobación de bonificaciones o recargos, corresponderá a cada ayuntamiento
Diputación Foral de Álava presenta el anteproyecto del Impuesto sobre Estancias Turísticas
Medio digital independiente de los pueblos y cuadrillas de Álava.
avatar

ZUK.eus

5 de febrero de 2026 a las 15:03

La Diputación Foral de Álava ha publicado el anteproyecto de Norma Foral del Impuesto sobre Estancias Turísticas, que desde hoy y hasta el 18 de febrero se somete a audiencia pública a través del Portal de Transparencia de la institución. La propuesta plantea la creación de un tributo local que gravará las estancias en alojamientos turísticos de Araba.

 

El objetivo de la futura norma es dotar a los ayuntamientos de un instrumento fiscal que permita acompasar el desarrollo de la actividad turística con la financiación de los servicios públicos municipales, teniendo en cuenta la realidad de cada localidad.

 

El impuesto

El anteproyecto regula un impuesto que gravará las estancias por día o fracción, con o sin pernoctación, realizadas en distintos tipos de alojamiento turístico del territorio. Entre ellos se incluyen establecimientos hoteleros, pensiones, apartamentos turísticos, campings, alojamientos rurales, albergues y viviendas de uso turístico.

 

Las personas que realicen la estancia turística serán las sujetas al impuesto, aunque la gestión y recaudación corresponderá a las personas o entidades titulares de los alojamientos, que actuarán como sustitutas del contribuyente.

 

Tipos de gravamen y ordenanzas municipales

El anteproyecto contempla un sistema de tipos de gravamen con cantidades mínimas y máximas, diferenciadas según el tipo y la categoría del alojamiento. La concreción de los importes, así como la posible aplicación de bonificaciones o recargos, corresponderá a cada ayuntamiento mediante su ordenanza fiscal municipal, atendiendo, entre otros criterios, al número de plazas alojativas existentes en el municipio.

 

La norma atribuye a los ayuntamientos las competencias de gestión, inspección, recaudación y revisión del impuesto.

 

Exenciones previstas en la norma

El texto recoge diversas exenciones al Impuesto sobre Estancias Turísticas, entre ellas las relativas a personas menores de edad, programas sociales organizados por administraciones públicas, motivos de salud o estudios, situaciones de discapacidad o dependencia o causas de fuerza mayor.

 

Modificación de la Norma Foral de Haciendas Locales

La implantación del impuesto implica la modificación de la Norma Foral de Haciendas Locales, con el fin de integrarlo en el sistema tributario local del Territorio Histórico de Araba.

 

Una vez aprobada la norma, los ayuntamientos dispondrán de un plazo de seis meses para aprobar sus correspondientes ordenanzas fiscales.

 

Con la publicación del anteproyecto en trámite de audiencia pública, se abre ahora un periodo para que ciudadanía, entidades y agentes interesados presenten alegaciones y observaciones antes de continuar la tramitación normativa.

 

FOTOGRAFÍA: Txus Díez

 

VITAL-ARTEA-2025_GIF-1206x176-.gif
avatar

ZUK.eus

Medio digital independiente de los pueblos y cuadrillas de Álava.

5 de febrero de 2026 a las 15:03