Las excepciones decretadas por el Gobierno Vasco al encierro de aves

Los animales podrán salir en casos de estrés extremo, agresividad, canibalismo, aumento de mortalidad o problemas de ventilación e higiene
Euskadi autoriza excepciones al encierro de aves de corral por gripe aviar en explotaciones con problemas de bienestar animal
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ZUK.eus

29 de noviembre de 2025 a las 11:09

El Gobierno Vasco ha aprobado un régimen de excepciones al confinamiento obligatorio de las aves de corral en aquellas explotaciones donde el encierro continuado pueda provocar problemas graves de bienestar animal. La medida se recoge en una nueva orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), dentro del paquete de actuaciones contra la influenza aviar que afecta a toda Europa.

 

La disposición no elimina el confinamiento general decretado por el Ministerio de Agricultura para evitar contactos entre aves domésticas y silvestres, pero abre la puerta a autorizaciones individualizadas para permitir salidas controladas al exterior cuando se demuestren riesgos claros para la salud o el comportamiento de los animales.

 

Salidas solo con causa justificada y control veterinario

La norma establece que únicamente podrán obtener autorización aquellas explotaciones que acrediten situaciones como estrés extremo, agresividad, canibalismo, aumento de mortalidad o problemas graves de ventilación e higiene derivados del encierro continuado.

 

Las solicitudes deberán ir acompañadas de un informe firmado por el veterinario responsable de la explotación, que certifique la necesidad de permitir salidas al exterior. La decisión final corresponderá a las diputaciones forales de cada territorio histórico.

 

Zonas reducidas y sin contacto con fauna silvestre

Las excepciones autorizadas no permitirán una vuelta a la cría extensiva habitual. Las salidas al exterior estarán restringidas a zonas muy delimitadas alrededor de la nave, con medidas obligatorias para impedir el contacto con aves silvestres.

 

Entre las exigencias figuran la instalación de mallas o dispositivos de protección, el suministro de comida y agua en interiores y un control estricto mediante trampillas supervisadas por el responsable de la explotación. Además, podrán exigirse medidas adicionales como espantapájaros, emisores de sonido, cintas reflectantes o limpieza especial del entorno para evitar focos de atracción de fauna salvaje.

 

Registro diario de cada salida

Las personas titulares de las explotaciones deberán llevar un registro obligatorio de cada salida de las aves, con anotación de hora, duración e incidencias, además de mantener una vigilancia permanente cuando estén en el exterior.

 

Las salidas deberán limitarse al tiempo estrictamente necesario para corregir el problema detectado y siempre dentro de los márgenes fijados por el veterinario responsable.

 

Medidas revisables según la evolución sanitaria

El Gobierno Vasco subraya que estas autorizaciones tendrán carácter temporal y revisable, y podrán modificarse o retirarse en función de la situación epidemiológica.

 

FOTOGRAFÍA: Freepik

 

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